Mediador profesional en despacho jurídico, con toga, estatua de la justicia y documentos sobre la mesa, simbolizando la seriedad y eficacia en los MASC tras la Ley de Eficiencia Procesal.

MASC tras la nueva Ley de Eficiencia Procesal: Agilidad, seriedad y una oportunidad real para evitar juicios

Han pasado un meses desde la entrada en vigor de la Ley de Eficiencia Procesal. ¿Es tiempo suficiente para hacer balance? Sinceramente, no. La mayoría de los abogados se anticiparon y presentaron sus demandas antes de que la ley entrara en vigor. Era previsible. Nadie quiere correr riesgos cuando el marco procesal cambia, y menos aún cuando no se conocen sus efectos reales. Pero, a pesar de esta precaución generalizada, ya empezamos a ver cosas. Y quiero compartirlas.

En AOH Mediadores, hemos recibido 14 peticiones de MASC (Mecanismos Adecuados de Solución de Controversias) en este primer mes. 14 no es mucho, pero tampoco es nada. Lo interesante es que casi todos ya se han celebrado. Nuestra principal ventaja es la agilidad. La mayoría se han decantado por la conciliación, Recibimos la solicitud, citamos de inmediato y, en la mayoría de los casos, la sesión de conciliación se lleva a cabo dentro de los quince días siguientes. Sin rodeos.

Esto no es casualidad. Nos hemos adaptado a lo previsto en la Norma UNE sobre servicios de mediación. Ajustamos nuestros procedimientos, cuidamos la forma, respetamos los plazos, y sobre todo, tomamos en serio la calidad del servicio. Por eso, me preocupa ver lo que algunos llaman “mediación” por veinte euros. Eso no es mediación. Eso es una notificación disfrazada. Un fraude, directamente. Si de verdad se realiza un proceso de mediación con seriedad —con una sesión inicial, una mínima preparación, seguimiento y documentación— es imposible que baje de los 150 o 200 euros. A partir de ahí, lo que encarece es la complejidad del asunto y el número de sesiones. Lo demás es cartón piedra.

Y aquí me detengo. Porque tarde o temprano se sabrá quién está haciendo bien las cosas y quién no. El mercado es sabio cuando el usuario tiene información y compara. Si alguien invierte en un procedimiento alternativo, lo mínimo que espera es que sirva para algo. Si lo único que busca es un papel para cumplir el trámite, entonces no contrata a un mediador: manda un oferta vinculante o acude a la negociación previa

Lo cierto es que la Ley ha traído consigo la obligación de agotar o al menos intentar una vía previa a la demanda. Este cambio no es menor. Obliga a repensar cómo abordar el conflicto desde el primer momento. Y lo interesante es que muchos abogados ya están entendiendo que no se trata solo de un requisito formal. Hay una oportunidad real de resolver asuntos sin necesidad de ir a juicio. Y eso, cuando se hace bien, se agradece.

Mi impresión personal, después de estos primer mes, es positiva. Hemos tenido buena respuesta, y más importante aún, buena predisposición por parte de los letrados. La mayoría está dispuesta a probar. Saben que vale la pena dar una oportunidad a la negociación, sobre todo cuando hay incertidumbre, plazos largos y costes procesales que ya no se pueden prever con exactitud.

De las Mediaciones encargadas de forma efectiva se han celebrado 8, y seis de ellas con Acuerdo por lo que no podemos estar mas que satisfechos.

He observado algo que me parece muy revelador: los abogados, en general, se están inclinando por la conciliación más que por la mediación. Y la razón es sencilla. Consideran que el papel activo del conciliador puede facilitar el acuerdo, más que la figura del mediador, que se percibe como un mero facilitador del diálogo. No digo que una figura sea mejor que la otra, pero entiendo la lógica: cuando el tiempo apremia y las posiciones están algo tensas, se agradece que haya una figura que proponga, que oriente, que intervenga más allá del silencio.

En cualquier caso, en lo que a nuestra institución se refiere, lo que todos coinciden en valorar es el coste. Les parece razonable. Y esto, en un entorno tan sensible como el jurídico, no es un dato menor. Es el tipo de pequeño consenso que permite que las cosas echen raíces.

Insisto: es pronto para valorar el impacto real de la Ley de Eficiencia Procesal. Pero las señales, por ahora, no son malas. Al contrario. Si conseguimos mantener la seriedad en los procedimientos, garantizar la transparencia en los costes y ofrecer resultados prácticos en tiempos razonables, es posible que estos mecanismos alternativos dejen de ser “la opción” para convertirse en parte habitual del paisaje jurídico. Falta mucho camino, sí. Pero hemos empezado a andar.

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